CCOO INFORMA: COMISIONES DE SERVICIO DE NIVEL 27 CON CURRÍCULUM Y PROYECTO

COMISIONES DE SERVICIO DE NIVEL 27 CON CURRÍCULUM Y PROYECTO

CCOO-UGR rechaza la modificación del procedimiento de comisiones de servicio para puestos de Nivel 2 propuesta por la Gerencia


El martes 30 de junio se celebró reunión de Mesa Sectorial del PTGAS, en la que la Gerencia presentó una propuesta de modificación de la Resolución que regula el procedimiento de concesión de comisiones de servicio internas.

La propuesta afecta exclusivamente a los puestos de Nivel de Intervalo 2 (puestos con nivel de complemento de destino 26 o 27) que queden vacantes o cuyos titulares se encuentren en una situación de relevo generacional. No se aplicaría a las comisiones derivadas de sustituciones temporales o bajas laborales.

La modificación planteada establece que:

«Los puestos de Nivel 2 que queden vacantes o se encuentren afectados por una situación de relevo generacional que afecte a su titular serán objeto de un procedimiento específico de movilidad temporal, mediante convocatoria pública entre el personal funcionario que reúna los requisitos establecidos en la RPT, en el que se valorarán la trayectoria profesional y el proyecto presentado por cada persona candidata para el desarrollo del puesto al que opta

La principal novedad consiste en cambiar el sistema de adjudicación de las comisiones de servicio para estos puestos:

  • Se elimina la prioridad que actualmente tiene el personal de la propia unidad o servicio para ocupar provisionalmente la plaza.
  • La cobertura se realizaría mediante una convocatoria pública, a la que podría presentarse cualquier persona que reúna los requisitos establecidos en la RPT.
  • La selección se basaría en la valoración de:
    • La trayectoria profesional de las personas candidatas.
    • Un proyecto de desarrollo del puesto que cada aspirante debería elaborar y presentar.
  • La evaluación sería realizada por la Comisión de Valoración del concurso de méritos, que permanecería constituida hasta la convocatoria del siguiente concurso.

CCOO-UGR manifestó su rechazo a esta propuesta por los siguientes motivos:

  1. Se altera el modelo sobre el que se construyó la regulación de las comisiones de servicio
    • La propuesta rompe con los principios que inspiraron la resolución original cuyo objetivo era dar prioridad al personal que ya presta servicio en la misma unidad o servicio.
    • Este criterio respondía a una razón objetiva: las personas que ya trabajan en la unidad conocen sus procedimientos, organización e instalaciones, por lo que pueden asumir las nuevas funciones de forma inmediata y garantizar la continuidad del servicio.
    • Por ello, desde CCOO-UGR trasladamos a la Gerencia que, si pretende modificar estos principios básicos, debe abrir la negociación de toda la Resolución de Comisiones de Servicio y no introducir cambios parciales.
  2. Se desvirtúa la finalidad de las comisiones de servicio
    • Las comisiones de servicio nacen para cubrir con celeridad puestos cuya ocupación resulta urgente.
    • Sin embargo, el nuevo procedimiento obligaría a cada persona aspirante a elaborar un currículo específico y un proyecto de desarrollo del puesto, lo que inevitablemente retrasaría la cobertura de las vacantes y haría perder agilidad al sistema.
    • Este planteamiento contradice la propia naturaleza de las comisiones de servicio.
  3. No se justifica el cambio si los concursos de méritos van a ser anuales
    • La Gerencia ha manifestado su compromiso de convocar concursos de méritos con carácter anual.
    • Si las plazas van a cubrirse de forma definitiva en un plazo relativamente corto, no entendemos la necesidad de implantar un nuevo procedimiento para estas comisiones de servicio, cuya duración puede ser igual o incluso inferior a la de otras comisiones motivadas por sustituciones temporales o bajas laborales.
  4. Se introduce una doble evaluación innecesaria y aumenta la discrecionalidad

    La propuesta obliga a las personas aspirantes a superar dos procesos de valoración distintos para una misma plaza.

    • En primer lugar, deberán elaborar un currículo y un proyecto de desarrollo del puesto, lo que exige un importante trabajo previo: recopilar información sobre la unidad, analizar su funcionamiento, formular propuestas de mejora y establecer objetivos, sin conocer previamente los recursos económicos o de personal disponibles para llevarlos a cabo.

      Además, este esfuerzo deberá repetirse para cada puesto de Nivel 2 al que se desee optar.

      Desde CCOO-UGR siempre hemos defendido la necesidad de limitar la discrecionalidad en la adjudicación de los puestos de trabajo, y este modelo avanza precisamente en la dirección contraria.

    • Por otra parte, resulta incoherente valorar para una comisión de servicio aspectos como la trayectoria profesional y un proyecto de desempeño cuando, poco tiempo después, esa misma plaza será objeto de un concurso de méritos con un sistema de valoración diferente, basado en los criterios aprobados para estos procesos.
    • También nos preocupa que la valoración de las comisiones de servicio sea realizada por la misma Comisión de Valoración del concurso de méritos, ya que las puntuaciones otorgadas en este procedimiento podrían influir, consciente o inconscientemente, en la posterior resolución del concurso definitivo.

Por último, recordamos que el baremo aprobado para los concursos de méritos únicamente exige la presentación de un currículo con las circunstancias relevantes de la trayectoria profesional. En ningún momento se estableció la obligación de presentar un proyecto de desarrollo del puesto.

Además de manifestar nuestro rechazo a la propuesta presentada por la Gerencia en los términos planteados, desde CCOO-UGR propusimos una alternativa que consideramos más coherente con los principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia:

  • Propuesta que consiste en implantar un concurso de méritos abierto y permanente para todos los puestos de la RPT de la UGR, de forma que las plazas puedan cubrirse de manera definitiva con mayor agilidad, aplicando los criterios de baremación acordados en junio de 2024 para los concursos de méritos.

Entendemos que esta solución aporta mayor seguridad jurídica, reduce la temporalidad en la provisión de puestos y evita introducir procedimientos extraordinarios que complican innecesariamente un sistema concebido para dar respuestas rápidas a las necesidades del servicio.