CCOO celebra el avance judicial en quinquenios y sexenios y seguirá defendiendo el derecho del profesorado sustituto a los sexenios
La resolución reconoce al personal con jornada a tiempo parcial el derecho a someter su actividad docente e investigadora a evaluación sin aplicar coeficientes de parcialidad, poniendo fin a una penalización que alargaba injustificadamente los periodos necesarios para acceder a quinquenios y sexenios.
Elementos clave de la sentencia
- Quinquenios. Se reconoce el derecho del PDI -incluido el profesorado sustituto y el profesorado asociado- y del PI laboral, permanente y no permanente (temporal), con jornada a tiempo parcial, a evaluar su actividad docente cada cinco años y sin coeficientes de parcialidad. Superada favorablemente la evaluación, se adquiere y consolida el complemento por méritos docentes en la cuantía vigente, con abono proporcional a la jornada parcial.
- Sexenios. Se reconoce el derecho del PDI -incluido el profesorado asociado- y del PI laboral, permanente y no permanente (temporal), con jornada a tiempo parcial, a evaluar su actividad investigadora cada seis años y sin coeficientes de parcialidad. Superada favorablemente la evaluación, se adquiere y consolida el complemento por méritos de investigación en la cuantía vigente, con abono proporcional a la jornada parcial.
- Igualdad en el acceso a la evaluación. La parcialidad de la jornada no puede utilizarse para retrasar el momento en que se solicita la evaluación ni para exigir periodos más largos de actividad docente o investigadora.
- Una exclusión que permanece. La sentencia desestima la pretensión relativa a los sexenios únicamente en el extremo referido al profesorado sustituto.
La dedicación parcial no puede alargar los periodos de evaluación docente e investigadora
Uno de los elementos fundamentales de la sentencia es que la evaluación de la actividad docente e investigadora debe realizarse sin aplicar coeficientes de parcialidad. De este modo, la jornada a tiempo parcial no puede utilizarse para alargar artificialmente los periodos necesarios para someter a evaluación los méritos docentes o investigadores.
Cinco años de actividad docente deben permitir solicitar la evaluación de un quinquenio y seis años de actividad investigadora la evaluación de un sexenio, con independencia del porcentaje de jornada.
Una dedicación parcial no puede convertir cinco años de docencia en diez ni seis años de investigación en doce.
Para CCOO, este reconocimiento resulta especialmente relevante porque los méritos docentes e investigadores efectivamente desarrollados no pierden valor por el hecho de prestar servicios con una jornada a tiempo parcial. La parcialidad no puede traducirse en una penalización en el acceso a la evaluación ni en una prolongación de los periodos exigidos para el reconocimiento de quinquenios y sexenios.
CCOO seguirá defendiendo el derecho del profesorado sustituto a los sexenios
La estimación parcial no resuelve todas las situaciones de exclusión. En particular, la sentencia desestima la demanda de sexenios en el extremo referido al profesorado sustituto (PS) .
Por ello, CCOO continuará defendiendo el derecho del profesorado sustituto a someter su actividad investigadora a evaluación y, cuando esta sea favorable, a obtener el reconocimiento de su actividad investigadora mediante el complemento por méritos de investigación (sexenios) .
CCOO empleará todas las vías jurídicas y sindicales necesarias para combatir una exclusión que consideramos injustificada y para garantizar que la actividad investigadora efectivamente realizada por el profesorado sustituto pueda ser evaluada y reconocida.
Un avance importante que debe hacerse efectivo
CCOO celebra esta estimación parcial de la demanda, que supone un nuevo paso para extender los derechos de evaluación y reconocimiento de quinquenios y sexenios al personal que durante años ha sufrido exclusiones vinculadas a la temporalidad o a la dedicación a tiempo parcial.
Al mismo tiempo, CCOO seguirá exigiendo la aplicación efectiva de estos derechos en el conjunto de las universidades públicas andaluzas, también respecto de las situaciones en las que el personal que ya debería acceder a estos complementos continúa sin percibirlos en la práctica.
La resolución no es firme y contra ella cabe preparar recurso de casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en el plazo legal previsto desde su notificación. CCOO seguirá defendiendo una universidad pública sin discriminaciones, en la que toda la actividad docente e investigadora sea evaluada y reconocida en condiciones de igualdad.
