La única diferencia entre este profesorado (asociado/a y sustituto/a) y el profesorado sustituto a tiempo completo es el tiempo efectivo de trabajo (horas semanales de docencia y de tutorías). Sin embargo, las tablas salariales del vigente Convenio Colectivo del PDI laboral no respetan el principio de «prorrata temporis» : las retribuciones del profesorado a tiempo parcial no guardan proporción con las del tiempo completo.
Unas retribuciones que no respetan la proporcionalidad
El profesorado sustituto interino a tiempo completo percibe el 60% de las retribuciones básicas del profesorado Titular de Universidad. Aplicando la proporcionalidad que exige la ley, las retribuciones del profesorado a tiempo parcial deberían ser las siguientes:
| Tipo de contrato | Retribución que corresponde (% de las retribuciones del Titular de Universidad) |
|---|---|
| Tiempo completo | 60,00 % |
| 6 h/s | 51,43 % |
| 5 h/s | 42,86 % |
| 4 h/s | 34,28 % |
| 3 h/s | 25,71 % |
| 2 h/s | 17,14 % |
El trato menos favorable por razón de jornada parcial vulnera el principio de igualdad y no discriminación del trabajo a tiempo parcial recogido en la Directiva 97/81/CE, en el artículo 12.4.d) del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 56.3 de la nueva Ley 1/2026 Universitaria para Andalucía, que establece que la retribución de cada categoría debe ser proporcional a la dedicación del profesorado.
Así lo avala, además, una consolidada jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo, que solo admite diferencias de trato cuando existe una justificación objetiva y razonable, algo que aquí no concurre: la parcialidad de la jornada no puede traducirse en una penalización salarial añadida.
Las universidades han ignorado el requerimiento previo de CCOO
En febrero de 2026, CCOO solicitó por escrito a la Rectora y a los Rectores de las universidades públicas andaluzas que subsanaran voluntariamente esta discriminación retributiva en la nómina del mes de marzo. Ninguna universidad ha atendido la petición, como acreditan las nóminas aportadas junto a la denuncia, lo que ha obligado a acudir a la Inspección de Trabajo.
Qué solicita CCOO a la Inspección de Trabajo
- Que declare la ilegalidad de las retribuciones que percibe el profesorado laboral a tiempo parcial (profesorado sustituto interino y profesorado asociado).
- Que ordene la actualización de las tablas salariales de este profesorado.
- Que ordene el abono de las diferencias retributivas con carácter retroactivo de un año desde la presentación de la denuncia.
- Y, si procede, que levante acta de infracción, obligando a las universidades denunciadas a ajustarse a derecho.
Esta denuncia se suma a las acciones que CCOO mantiene abiertas en defensa del profesorado más precarizado: la negociación del convenio colectivo para lograr subidas salariales relevantes, la mejora de las bolsas de sustitución y la vía judicial para el reconocimiento de quinquenios, sexenios y complementos autonómicos.
CCOO seguirá defendiendo una universidad pública sin discriminaciones, con salarios dignos para todo el profesorado, también para el contratado a tiempo parcial.
