La semana pasada se celebró la primera reunión de la comisión de trabajo derivada de la CIVEA para iniciar con las universidades andaluzas el estudio del reconocimiento de quinquenios y sexenios para el PDI temporal (Profesorado Ay. Doc., Asociado y Sustituto Interino y Personal Investigador).
CCOO volvió a poner sobre la mesa unos argumentos que consideramos irrefutables:
PRIMER ARGUMENTO:
El Derecho aplicable en España prohíbe cualquier diferencia de trato entre personal temporal y personal indefinido, salvo aquello que esté directamente relacionado con el carácter temporal de la vinculación.
La Justicia ha dado la razón a CCOO ante las demandas interpuestas en otras comunidades autónomas, considerando que el no reconocimiento de quinquenios y sexenios al PDI temporal supone un trato desigual no justificado.
Esta posición ha sido refrendada por el Tribunal Supremo.
SEGUNDO ARGUMENTO:
Resulta incoherente que una vez alcanzada la vinculación permanente la evaluación de quinquenios y sexenios incluya los periodos en que sólo existía vinculación temporal, reconociendo por lo tanto que el trabajo desarrollado durante esos años era merecedor de una evaluación y un complemento económico.
POR TANTO:
Carece de base jurídica que los méritos obtenidos bajo cualquiera de las modalidades de contratación temporal sean reconocidos por las Universidades sólo cuando la persona interesada ya tiene vinculación permanente y no los reconozca cuando los solicita teniendo un contrato temporal.
Por todo ello, CCOO defendió en la comisión de trabajo que emana de la CIVEA el reconocimiento administrativo y económico de Quinquenios y Sexenios para todo el PDI temporal, incluido el personal investigador.
CCOO va la solicitar también a las Universidades Públicas Andaluzas el reconocimiento de trienios para todo el personal investigador, derecho éste que ha sido recientemente reconocido por sentencia judicial a demanda de CCOO.