RESUMEN DEL PLENO DE LA JUNTA DE PERSONAL CELEBRADO EL 20 DE MARZO DE 2019

Ayer, 20 de marzo, se celebró el pleno ordinario de la Junta de Personal.

Los principales puntos incluidos en el orden del día fueron:

Actuaciones a seguir ante el nombramiento de los tribunales de las promociones internas a las escalas de Gestión Administrativa y Técnica de Administración, publicadas con fecha 13 de marzo de 2019 y medidas a adoptar frente a futuras convocatorias.

Este punto está relacionado con la publicación en BOJA de los miembros de los tribunales de las escalas de Administración (A1 y A2), Bibliotecas (A1) e Informática (A1 y B).

La Junta de Personal ya manifestó su rechazo (ver enlace) a las intenciones de Gerencia, trasladándole que si quería cambiar el nombramiento de tribunales, presentase una modificación del artículo 14 del Reglamento del PAS pero que, mientras no se modificase, se siguiera aplicando dicho artículo.

En el pleno celebrado hoy, CCOO propuso y se acordó por unanimidad, presentar el correspondiente recurso a la Rectora, basándolo -entre otras causas- en que los nombramientos de los tribunales de las convocatorias de promoción interna de las escalas de Gestión Administrativa, Técnica de Administración, Profesional de Informática, Técnica de Informática y Facultativa de Bibliotecas vulneran el art. 14 del Reglamento del PAS.

Estudio del nuevo borrador de la convocatoria de la escala Auxiliar Administrativa correspondiente a los procesos de consolidación y estabilización de empleo remitido por la Gerencia.

Gerencia remitió a la Junta de Personal el nuevo borrador el pasado jueves.

Borrador de convocatoria

Todas las propuestas planteadas han sido acordadas por unanimidad del pleno.

CCOO ha propuesto, y así se ha aceptado, trasladar a Gerencia el estudio del borrador, advirtiéndole que el informe definitivo sobre la convocatoria está pendiente, puesto que antes nos gustaría conocer las modificaciones que Gerencia pretende hacer al Acuerdo Regulador del Procedimiento de Creación y Gestión de Listas para el Nombramiento de Personal Funcionario Interino en las Diferentes Escalas del Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad de Granada vigente.

Esta cuestión está pendiente y tiene importantes repercursiones en el contenido de la convocatoria. La postura de CCOO respecto a la modificación del mismo es que se realicen los cambios mínimos del Acuerdo para cumplir estrictamente la sentencia. Así se lo hemos trasladado a la Rectora y a la Gerente.

Por otra parte, en vista del desarrollo de las pruebas de las últimas convocatorias de OPE de las diferentes escalas, se va a volver exigir a la Gerencia que las pruebas se ajusten a los principios rectores del TREBEP del artículo 55, y en especial al apartado 2.e de dicho artículo. Esta cuestión debería estar clara, pero la realidad del desarrollo de las convocatorias se empeña en ignorarla. Además, se trata de una convocatoria en el marco de consolidación y estabilización de empleo temporal con todo lo que ello supone.

Entrando en el contenido concreto de la convocatoria, se ha acordado por unanimidad:

1. Modificar la redacción del apartado 1.2 de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, TREBEP:

1.2 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, del total de plazas convocadas se reservan 6 plazas para el acceso a las personas con discapacidad, 2 de las cuales para el acceso a las personas con discapacidad intelectual, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. En el supuesto de no ser estas cubiertas, se acumularán a las restantes plazas convocadas.

2. Añadir a la redacción del apartado 1.3, el Reglamento del PAS de la UGR:

“…Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada, el Reglamento de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada (BOJA núm. 116, de 4.10.1997 y BOJA núm. 26, de 8.2.2017), y lo dispuesto en la presente convocatoria.”

3. Modificar la redacción del apartado 5.1, añadiendo el art. 14 del Reglamento del PAS de la UGR:

5.1. El Tribunal de este proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 162.3 de los Estatutos de la Universidad de Granada y el artículo 14 del Reglamento de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, estará compuesto por cinco miembros y sus respectivos suplentes respetando el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres. Será nombrado por la Rectora, y se publicará junto con la lista de personas admitidas y excluidas a la que se refiere la base 4.1 de la presente convocatoria.

4. Modificar la redacción del apartado 7.4:

7.4. Asimismo, al objeto de poder realizar nombramientos de personal funcionario interino si así lo requieren las necesidades de la Universidad en sus centros y servicios de Granada, Ceuta y Melilla, el Tribunal remitirá a la Gerencia de la Universidad la relación de personas que han superado los ejercicios que componen la fase de oposición  se creará la correspondiente lista de personal funcionario interino.

5. Modificar la primera fase:

a. Cambio de redacción para determinar la nota de corte: Esta primera fase del ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener una puntuación del 50% de la máxima nota obtenida por una persona aspirante, no pudiendo en nigún caso superarse la prueba con una puntuación inferior a 17,5 puntos (35% de 50 puntos).

b. Añadir que el tiempo de realización sea como mínimo de 120 minutos.

6. Modificar la segunda fase:

a. Cambio de redacción para determinar la nota de corte: Esta segunda fase del ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obenter una puntuación del 50% de la máxima nota obtenida por una persona aspirante, no pudiendo en nigún caso superar la prueba con una puntuación inferior al 7 puntos (35% de 20 puntos).

b. Añadir que el tiempo de realización sea como mínimo de 60 minutos.

7. Corregir la redacción del Sistema de corrección de los ejercicios con respuesta alternativa, según las propuestas planteadas en los apartados 5 y 6.

8. Por servicios prestados, que la puntuación sea 0,40/30 puntos por día de servicios.

También se acordó por unanimidad trasladar a Gerencia que organice acciones formativas para toda la plantilla de actualización de casos prácticos de las últimas modificaciones legislativas. Estos cursos deberían ser desarrollados por Formación del PAS.