SE ABRE LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO: LAS CONDICIONES TIENEN QUE SER CLARAS

Convocada la primera reunión de negociación de la contratación consideramos que no se dan las condiciones adecuadas

Por Sección sindical de CCOO en la Universidad de Granada ®


Los Comités de Empresa del Profesorado laboral han sido convocados a una reunión para la “Negociación de criterios para la solicitud de autorización a la Junta de Andalucía de contratación en la figura de Profesor Asociado Laboral”.

Desde CCOO nos hacemos varias preguntas, compartidas por gran parte de la comunidad universitaria:

¿Se ha comunicado a los departamentos la posibilidad de solicitar la contratación de profesorado laboral?

¿Por qué se plantea en este momento sólo la convocatoria de plazas de profesorado asociado, separadamente de una posible contratación de profesorado ayudante doctor que se deja para más adelante?

¿Cuáles son las “necesidades específicas de contratación en la figura de Profesor Asociado Laboral” a las que se refiere el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, categoría que hasta ahora desconocíamos?

¿Pretende el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado que esas "necesidades específicas" que hasta ahora desconocíamos sean uno de los criterios para la contratación de profesorado asociado laboral?

En definitiva, no se puede decidir qué plazas se convocan sin ofrecer a toda la comunidad universitaria y a los sindicatos que la representan información suficiente. Por ello, se han de dar las siguientes condiciones:

  • Es necesario abrir un plazo para que todos los ámbitos de conocimiento puedan realizar sus peticiones de contratación de profesorado laboral.
  • Es necesario explicar qué criterios podrían en su caso determinar la contratación de profesorado asociado o profesorado ayudante doctor para que todos los ámbitos puedan decidir qué peticiones realizan.
  • La posible contratación para el curso que viene ha de ser tratada de modo conjunto, pues las necesidades docentes pueden canalizarse a través de la figura de profesor asociado laboral o a través de la figura de profesor ayudante doctor. Por lo tanto, no es correcto fijar criterios para la primera sin tener definido el marco en que se va a producir la segunda.
  • Es imprescindible que la representación sindical llamada a negociar las nuevas plazas tenga todos los datos necesarios para un conocimiento adecuado de las necesidades de contratación de los diferentes ámbitos: las solicitudes de contratación, el potencial docente, la carga docente y otras circunstancias de todos los ámbitos de conocimiento solicitantes de contratación.

Y por último, como resultado de todo el proceso de negociación y aprobación, debe llegarse a un documento final que contenga verdaderos criterios de decisión, es decir, que permita determinar qué plazas se convocan y cuáles no y por qué.