El Consejo de Gobierno aprobó el Plan de Ordenación Docente con la única oposición de los miembros de CCOO.
El Consejo de Gobierno aprobó el Plan de Ordenación Docente con pocas modificaciones respectos del curso anterior. CCOO se opuso a este POD porque:
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atribuye cargas de 160, 240 ó 320 horas lectivas según los sexenios que se hayan conseguido, en contra del Decreto 898/1985.
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atribuye 160 créditos con más generosidad que el Decreto Ley en el que se apoya, favoreciendo a una parte del profesorado en detrimento del resto de sus compañeros y compañeras de área, que tendrán que impartir esa docencia.
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permite que quien deba impartir sólo 16 créditos aun pueda realizar mayores compensaciones por investigación, llegando a impartir sólo 12 créditos.
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minusvalora las tareas docentes como la dirección de trabajos de fin de grado y de máster, atribuyéndoles tan sólo una carga de trabajo de entre 0’3 y 0’75 créditos.
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no valora en absoluto la responsabilidad de asignaturas sin docencia pero con tutorías y exámenes, como si no supusiesen ninguna carga de trabajo.
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a la hora de formar grupos, contabiliza a los alumnos repetidores como si sólo necesitasen o tuviesen derecho al 75 % de la atención del profesor.
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no prevé la adaptación de la docencia a las especiales necesidades del profesorado que presenta una discapacidad.
Puedes obtener aquí más información:
* El Plan de Ordenación Docente aprobado por el Consejo de Gobierno.
* La argumentación que contra este POD presentaron los miembros de CCOO en el Consejo de Gobierno como explicación del voto negativo, y que debe adjuntarse al Acta.
* La limitación que para el POD supone la vigencia del Real Decreto 898/1985, que establece la carga docente en 8 horas a la semana.
* La declaración institucional del Claustro de la Universidad de Granada de 5 de octubre de 2012 en que se insta al equipo de gobierno a miniminar los efectos del Decreto Ley 14/2012.
* La Nota sobre el régimen de dedicación del profesorado universitario emitida por la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, que declara tajantemente:
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Que el Decreto Ley no establece derechos de los profesores.
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Que no regula la dedicación docente del profesorado laboral.
* Una aclaración sobre la autenticidad de la Nota de la Secretaría de Estado recogida en el Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, necesaria a la vista de que nuestro equipo rectoral ha negado reiteradamente tal autenticidad.
* El Acuerdo del Consejo Andaluz de Universidades de 26 de junio de 2012 por el que se emite informe sobre la dedicación docente del profesorado de las universidades andaluzas.
* Una aclaración sobre la condición de mera recomendación del Acuerdo del CAU.